Medidas preventivas
En Europa se lleva a cabo un programa de seguimiento denominado “seguimiento de aves silvestres”, que consiste principalmente en el muestreo de patos y gansos silvestres. El objetivo es investigar la población de aves silvestres para detectar la infestación por el virus de la gripe. Estos estudios se basan en estaciones de anillamiento, autoridades de conservación y cazadores. Además, los ánades reales no voladores, por ejemplo, se mantienen en instalaciones centinela, a las que se atrae a las aves silvestres que viven en libertad mediante una alimentación regular. De este modo, los ánades reales de las instalaciones siempre pueden ser controlados para detectar la infestación de gripe.
Otras medidas son el establecimiento de sistemas nacionales de alerta temprana en los países de la UE, la prohibición de importar determinados productos avícolas y animales vivos procedentes de terceros países, la introducción de una prohibición temporal de las aves de corral criadas en libertad y la prevención de las importaciones ilegales de aves y productos avícolas.
Medidas en caso de brote
En caso de que se produzca un brote, la Unión Europea se centrará en tratar de erradicar el patógeno inmediatamente. Para ello, se inicia el cierre de la explotación donde se ha detectado un foco. Además, se establecerán zonas de restricción, control y vigilancia alrededor del lugar donde se encuentren los animales infectados. Para evitar la propagación de la enfermedad a otros rebaños, se eliminará y destruirá todo el rebaño del ganadero afectado. Por lo tanto, el número de animales sacrificados es siempre mucho mayor que el número de animales que se ha demostrado que están infectados. A continuación, además de las medidas de desinfección, se llevan a cabo investigaciones epidemiológicas. Se prohíbe la exportación de aves de corral y productos avícolas, y a veces se controla a los viajeros por la importación ilegal de aves de corral y carne de ave.
En caso de brote de gripe aviar, la UE publica una decisión de aplicación de la Comisión en un Diario Oficial en la que se indica cómo proceder. En particular, especifica las zonas de protección y vigilancia establecidas para el caso en cuestión.
Todas las disposiciones relativas a la gripe aviar se encuentran en la Ordenanza sobre la gripe aviar promulgada sobre la base de la Ley de epizootias.